8/10/10

ESPAÑA SUPERADA POR BRASIL COMO POTENCIA MUNDIAL


En 2010 ha sucedido lo casi inevitable: España queda relegada a la novena economía del mundo, un batacazo que habían previsto algunos organismos pero que ahora ya confirman los datos reales de evolución de la coyuntura.

La crisis ha dado una oportunidad a los países emergentes y ha permitido que Brasil desbancara a España del octavo puesto. Según las cifras oficiales de los últimos doce meses recogidas por Bloomberg – del segundo trimestre de 2009 al primero de 2010–, el gigante americano ha superado los 1,8 billones de dólares, mientras que España apenas se ha recuperado de la crisis, con 1,5 billones en el PIB nominal del mismo periodo.

Mientras que otros países sufrieron más la caída de la demanda de EEUU, Brasil, cuyo principal destino exportador es China (13% del volumen total de comercio), apenas sufrió dos trimestres de crecimientos negativos entre 2008 y 2009. Poco después, el real brasileño comenzó a depreciarse hasta en un tercio de su valor a cierre de 2008, lo que reanimó las exportaciones. En el segundo trimestre de 2009, ya repuntaba un 1,1% respecto al anterior y, según el Banco Central de Brasil, el PIB podría crecer a ritmos del 7% y el 11% en 2010 y 2011 respectivamente

ESPAÑA SUPERADA POR BRASIL COMO POTENCIA MUNDIAL


En 2010 ha sucedido lo casi inevitable: España queda relegada a la novena economía del mundo, un batacazo que habían previsto algunos organismos pero que ahora ya confirman los datos reales de evolución de la coyuntura.

La crisis ha dado una oportunidad a los países emergentes y ha permitido que Brasil desbancara a España del octavo puesto. Según las cifras oficiales de los últimos doce meses recogidas por Bloomberg – del segundo trimestre de 2009 al primero de 2010–, el gigante americano ha superado los 1,8 billones de dólares, mientras que España apenas se ha recuperado de la crisis, con 1,5 billones en el PIB nominal del mismo periodo.

Mientras que otros países sufrieron más la caída de la demanda de EEUU, Brasil, cuyo principal destino exportador es China (13% del volumen total de comercio), apenas sufrió dos trimestres de crecimientos negativos entre 2008 y 2009. Poco después, el real brasileño comenzó a depreciarse hasta en un tercio de su valor a cierre de 2008, lo que reanimó las exportaciones. En el segundo trimestre de 2009, ya repuntaba un 1,1% respecto al anterior y, según el Banco Central de Brasil, el PIB podría crecer a ritmos del 7% y el 11% en 2010 y 2011 respectivamente

7/10/10

GLOBALIZACION


Actualmente, una prenda de vestir con etiqueta española puede haber seguido un proceso como este:
el algodón de India, hilada en Turquía y tejido en Bangladesh. La tela se estampa en Itàlia con tintes de Polonia y China.
El forro de la prenda es suizo y finalmente se empaqueta en nuestro país.
Este es un claro ejemplo de la globalización en la que estamos inmersos y donde las relaciones y actividades entre los distintos paises es indispensable para las grandes empresas multinacionales.

GLOBALIZACION


Actualmente, una prenda de vestir con etiqueta española puede haber seguido un proceso como este:
el algodón de India, hilada en Turquía y tejido en Bangladesh. La tela se estampa en Itàlia con tintes de Polonia y China.
El forro de la prenda es suizo y finalmente se empaqueta en nuestro país.
Este es un claro ejemplo de la globalización en la que estamos inmersos y donde las relaciones y actividades entre los distintos paises es indispensable para las grandes empresas multinacionales.

EL EFECTO FACEBOOK DE ZUCKERBERG


Su fortuna actual asciende a más de 4.000 millones de dolares.
Ingresó en Harvard en 2003 pero por distintas causas y problemas con la universidad en 2005 la abandonó,  con Facebook ya iniciado en 2004. Sus primeros negocios web los inicio con 16 años y creo Facebook con 20.
En 2004 inició su carrera creando una red social interna sólo para los privilegiados estudiantes de la Universidad de Harvard, hoy es una masa mundial de más 500 millones de habitantes y es la red social más famosa del mundo que pasó de un proyecto juvenil a ser un magnate mundial.
El artífice detrás de la pared es Mark Zuckerberg y su reto inicial era competir contra sitios como MySpace, Google o Geocities que ya llevaban años de ventaja en el mercado, sin embargo la interfaz amigable con los usuarios y la facilidad de uso llevo a que rápidamente hubiera una estampida de gente quería unirse a Facebook, de hecho era común ver mensajes en otros sitios como Hi5 que decía “cerré mi cuenta, pueden encontrarme en Facebook”.
Zuckerberg creó Facebook usando programas de código abierto como MySQL y su primera inversión en el negocio online fue de $35 para comprar el dominio thefacebook.com y luego pagar $85 al mes por el servicio de hosting. Hoy esa inversión de de unos cuantos dólares se cotiza en la Bolsa en unos cuantos miles de millones de dólares, nada mal para un negocio que inició en un salón de estudios de Harvard.
En la actualidad Facebook está valorada en 14.000 millones de dólares -10.400 millones de euros- y la historia de su éxito inspiró incluso una película, dirigida por David Fincher y que se estrenará este año.
Asi Mark consigue ser el joven más rido del mundo, seguido por el joven japones Yoshikazu Tanaka, de 33 años y creador de la red social Gree, que le permitió acumular una fortuna de 1.400 millones de dólares -1.000 millones de euros-.
Gree permite a sus usuarios descargar juegos sociales en sus móviles y logra sus ingresos mediante la venta de ropa y accesorios para los avatares de los jugadores.
La tercera posición la ostenta John Arnold, de 36 años y de Dallas, se trata de un inversor que anteriormente trabajó de trader en Enron y que fundó posteriormente el fondo de inversiones Centaurus Energy haciendo multiplicar su fortuna.
La joven china heredera Yang Huiyan sería otra rica en este caso heredera de la compañia de su padre.
El joven japones Yoshikazu Tanaka, de 33 años y creador de la red social Gree, que le permitió acumular una fortuna de 1.400 millones de dólares -1.000 millones de euros-. ...etc..
And the winner is:
1.- Mark Zuckerberg (EEUU, 25 años, 4.000 millones de dólares)
2.- John Arnold (EEUU, 36 años, 4.000 millones)
3.- Yang Huiyan (China, 28 años, 3.400 millones)

El próximo viernes 15 de octubre, se estrena en España "La Red Social", una película de David Fincher (director de Seven, Zodiac o el Curioso Caso de Benjamin Button), basada en la novela "Multimillonarios por Accidente" de Ben Mezrich. En el film, se narra la creación de Facebook desde un dormitorio de la universidad de Harvard, pero está no le ha hecho ni pizca de gracia es a Mark Zuckerberg.
El retrato que se hace de él en la película y el libro es brutal: se le tilda de neurótico, de obseso, de medio autista, de ególatra y de padecer una timidez extrema, casi rozando la fobia social. También se le acusa de explotar y posteriormente, dejar tirados a sus socios, para llevarse la gloria. Todo un destrozo que puede tener su base en la realidad o ser producto de la envidia ante un chaval de 26 años que ha creado el mayor negocio de la década, a su manera.

EL EFECTO FACEBOOK DE ZUCKERBERG


Su fortuna actual asciende a más de 4.000 millones de dolares.
Ingresó en Harvard en 2003 pero por distintas causas y problemas con la universidad en 2005 la abandonó,  con Facebook ya iniciado en 2004. Sus primeros negocios web los inicio con 16 años y creo Facebook con 20.
En 2004 inició su carrera creando una red social interna sólo para los privilegiados estudiantes de la Universidad de Harvard, hoy es una masa mundial de más 500 millones de habitantes y es la red social más famosa del mundo que pasó de un proyecto juvenil a ser un magnate mundial.
El artífice detrás de la pared es Mark Zuckerberg y su reto inicial era competir contra sitios como MySpace, Google o Geocities que ya llevaban años de ventaja en el mercado, sin embargo la interfaz amigable con los usuarios y la facilidad de uso llevo a que rápidamente hubiera una estampida de gente quería unirse a Facebook, de hecho era común ver mensajes en otros sitios como Hi5 que decía “cerré mi cuenta, pueden encontrarme en Facebook”.
Zuckerberg creó Facebook usando programas de código abierto como MySQL y su primera inversión en el negocio online fue de $35 para comprar el dominio thefacebook.com y luego pagar $85 al mes por el servicio de hosting. Hoy esa inversión de de unos cuantos dólares se cotiza en la Bolsa en unos cuantos miles de millones de dólares, nada mal para un negocio que inició en un salón de estudios de Harvard.
En la actualidad Facebook está valorada en 14.000 millones de dólares -10.400 millones de euros- y la historia de su éxito inspiró incluso una película, dirigida por David Fincher y que se estrenará este año.
Asi Mark consigue ser el joven más rido del mundo, seguido por el joven japones Yoshikazu Tanaka, de 33 años y creador de la red social Gree, que le permitió acumular una fortuna de 1.400 millones de dólares -1.000 millones de euros-.
Gree permite a sus usuarios descargar juegos sociales en sus móviles y logra sus ingresos mediante la venta de ropa y accesorios para los avatares de los jugadores.
La tercera posición la ostenta John Arnold, de 36 años y de Dallas, se trata de un inversor que anteriormente trabajó de trader en Enron y que fundó posteriormente el fondo de inversiones Centaurus Energy haciendo multiplicar su fortuna.
La joven china heredera Yang Huiyan sería otra rica en este caso heredera de la compañia de su padre.
El joven japones Yoshikazu Tanaka, de 33 años y creador de la red social Gree, que le permitió acumular una fortuna de 1.400 millones de dólares -1.000 millones de euros-. ...etc..
And the winner is:
1.- Mark Zuckerberg (EEUU, 25 años, 4.000 millones de dólares)
2.- John Arnold (EEUU, 36 años, 4.000 millones)
3.- Yang Huiyan (China, 28 años, 3.400 millones)

El próximo viernes 15 de octubre, se estrena en España "La Red Social", una película de David Fincher (director de Seven, Zodiac o el Curioso Caso de Benjamin Button), basada en la novela "Multimillonarios por Accidente" de Ben Mezrich. En el film, se narra la creación de Facebook desde un dormitorio de la universidad de Harvard, pero está no le ha hecho ni pizca de gracia es a Mark Zuckerberg.
El retrato que se hace de él en la película y el libro es brutal: se le tilda de neurótico, de obseso, de medio autista, de ególatra y de padecer una timidez extrema, casi rozando la fobia social. También se le acusa de explotar y posteriormente, dejar tirados a sus socios, para llevarse la gloria. Todo un destrozo que puede tener su base en la realidad o ser producto de la envidia ante un chaval de 26 años que ha creado el mayor negocio de la década, a su manera.

12/6/10

Emprestitos, deuda pública española y europea


Rentabilidades última subasta:
* Letras a 6 meses 1,264%
* Letras a 12 meses 1,59%
* Letras a 18 meses 1,951%
* Bonos a 3 años 3,317%
* Bonos a 5 años 3,532%
* Obligaciones a 5 años 2,862%
* Obligaciones a 10 años 4,045%
* Obligaciones a 15 años 4,434%
* Obligaciones a 30 años 4,758%

Las Letras se emiten mediante subasta.
El importe mínimo de cada petición es de 1.000 euros, y las peticiones por importe superior han de ser múltiplos de 1.000 euros.
Son valores emitidos al descuento por lo que su precio de adquisición es inferior al importe que el inversor recibirá en el momento del reembolso. La diferencia entre el de la Letra y su precio de adquisición será el interés o rendimiento generado por la Letra del Tesoro.

Fuente: Tesoro.es

RENTABILIDAD BONO 10 AÑOS
Alemania: 2,621%
España: 4,468%
Italia:: 4,016%
Portugal: 5,147%
Irlanda: 5,117%
Grecia: 8,140%

DIFERENCIAL CON BONO ALEMÁN
España: 184pb Máximo: 208 pb (08/06/2010)
Italia:: 139pb Máximo: 178 pb (08/06/2010)
Portugal: 252pb Máximo: 348 pb (07/05/2010)
Irlanda: 249pb Máximo: 305 pb (07/05/2010)
Grecia: 552pb Máximo: 965 pb (07/05/2010)

CDS (CREDIT DEFAULT SWAPS) A 5 AÑOS
España:: 209 pb
Portugal: 281 pb
Grecia: 736 pb



Fuente: Invertia

Emprestitos, deuda pública española y europea


Rentabilidades última subasta:
* Letras a 6 meses 1,264%
* Letras a 12 meses 1,59%
* Letras a 18 meses 1,951%
* Bonos a 3 años 3,317%
* Bonos a 5 años 3,532%
* Obligaciones a 5 años 2,862%
* Obligaciones a 10 años 4,045%
* Obligaciones a 15 años 4,434%
* Obligaciones a 30 años 4,758%

Las Letras se emiten mediante subasta.
El importe mínimo de cada petición es de 1.000 euros, y las peticiones por importe superior han de ser múltiplos de 1.000 euros.
Son valores emitidos al descuento por lo que su precio de adquisición es inferior al importe que el inversor recibirá en el momento del reembolso. La diferencia entre el de la Letra y su precio de adquisición será el interés o rendimiento generado por la Letra del Tesoro.

Fuente: Tesoro.es

RENTABILIDAD BONO 10 AÑOS
Alemania: 2,621%
España: 4,468%
Italia:: 4,016%
Portugal: 5,147%
Irlanda: 5,117%
Grecia: 8,140%

DIFERENCIAL CON BONO ALEMÁN
España: 184pb Máximo: 208 pb (08/06/2010)
Italia:: 139pb Máximo: 178 pb (08/06/2010)
Portugal: 252pb Máximo: 348 pb (07/05/2010)
Irlanda: 249pb Máximo: 305 pb (07/05/2010)
Grecia: 552pb Máximo: 965 pb (07/05/2010)

CDS (CREDIT DEFAULT SWAPS) A 5 AÑOS
España:: 209 pb
Portugal: 281 pb
Grecia: 736 pb



Fuente: Invertia

8/2/10

Bachillerato doble: Español y Francés Baccalauréat

El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Educación, Ángel Gabilondo, ha aprobado el Real Decreto que ordena la obtención de la doble titulación de Bachiller y su equivalente francés (Baccalauréat) en centros docentes españoles.Esta norma ordena las enseñanzas acogidas al Acuerdo suscrito en 2008 entre los Gobiernos de España y Francia.

A partir de ahora los centros escolares españoles que deseen ofrecer las enseñanzas conducentes a la doble titulación de Bachiller y Baccalauréat, deberán impartir un curriculum mixto que, además de las enseñanzas del bachillerato español, cumpla con tres requisitos:

  • El currículo mixto incluirá, junto con las materias propias del bachillerato español, tres materias específicas: lengua francesa, literatura y cultura francesa y, al menos, una materia no lingüística del ámbito de las ciencias sociales o del ámbito científico.
  • El alumnado acogido a este programa deberá recibir, al menos, un tercio del horario lectivo en lengua francesa en el conjunto del Bachillerato (12 horas semanales). En todo caso, las materias específicas del currículo mixto se impartirán en lengua francesa; la inclusión de otras materias dependerá de la carga lectiva de la tercera materia elegida (la materia no lingüística).
  • El alumnado que desee obtener la doble titulación realizará una prueba externa sobre las materias específicas del currículo mixto correspondientes al segundo curso de Bachillerato. Se realizarán íntegramente en lengua francesa, podrán ser escritos y/u orales y serán evaluados por examinadores españoles y franceses. Los centros escolares que impartan este currículo mixto serán seleccionados por las Administraciones educativas correspondientes, que comunicarán la relación de centros autorizados al Ministerio de Educación, que dará cuenta de dicha relación a la parte francesa.

Es un acuerdo recíproco, de forma que España se ha obligado a expedir el título de Bachiller al alumnado de las secciones internacionales de lengua española en centros franceses.

Otra alternativa paralela al ya existente Programa del Diploma del Bachillerato Internacional (BI) que es un programa educativo de dos años de duración que se imparte en tres idiomas (ingles,francés y español) dirigido a estudiantes no universitarios entre los 16 y los 19 años. Actualmente se enseña en 1745 institutos, 907 de carácter público y 838 de carácter privado, de 127 países, con más de 600.000 estudiantes.

La superación de este BI permite el acceso a la universidad española sin necesidad de realizar el examen de selectividad.

Fuente: Ministerio de Educación y wikipedia. Febrero 2010

Bachillerato doble: Español y Francés Baccalauréat

El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Educación, Ángel Gabilondo, ha aprobado el Real Decreto que ordena la obtención de la doble titulación de Bachiller y su equivalente francés (Baccalauréat) en centros docentes españoles.Esta norma ordena las enseñanzas acogidas al Acuerdo suscrito en 2008 entre los Gobiernos de España y Francia.

A partir de ahora los centros escolares españoles que deseen ofrecer las enseñanzas conducentes a la doble titulación de Bachiller y Baccalauréat, deberán impartir un curriculum mixto que, además de las enseñanzas del bachillerato español, cumpla con tres requisitos:

  • El currículo mixto incluirá, junto con las materias propias del bachillerato español, tres materias específicas: lengua francesa, literatura y cultura francesa y, al menos, una materia no lingüística del ámbito de las ciencias sociales o del ámbito científico.
  • El alumnado acogido a este programa deberá recibir, al menos, un tercio del horario lectivo en lengua francesa en el conjunto del Bachillerato (12 horas semanales). En todo caso, las materias específicas del currículo mixto se impartirán en lengua francesa; la inclusión de otras materias dependerá de la carga lectiva de la tercera materia elegida (la materia no lingüística).
  • El alumnado que desee obtener la doble titulación realizará una prueba externa sobre las materias específicas del currículo mixto correspondientes al segundo curso de Bachillerato. Se realizarán íntegramente en lengua francesa, podrán ser escritos y/u orales y serán evaluados por examinadores españoles y franceses. Los centros escolares que impartan este currículo mixto serán seleccionados por las Administraciones educativas correspondientes, que comunicarán la relación de centros autorizados al Ministerio de Educación, que dará cuenta de dicha relación a la parte francesa.

Es un acuerdo recíproco, de forma que España se ha obligado a expedir el título de Bachiller al alumnado de las secciones internacionales de lengua española en centros franceses.

Otra alternativa paralela al ya existente Programa del Diploma del Bachillerato Internacional (BI) que es un programa educativo de dos años de duración que se imparte en tres idiomas (ingles,francés y español) dirigido a estudiantes no universitarios entre los 16 y los 19 años. Actualmente se enseña en 1745 institutos, 907 de carácter público y 838 de carácter privado, de 127 países, con más de 600.000 estudiantes.

La superación de este BI permite el acceso a la universidad española sin necesidad de realizar el examen de selectividad.

Fuente: Ministerio de Educación y wikipedia. Febrero 2010

9/11/09

ASPECTOS SOBRE EL PARO


El Ministerio de Trabajo cuenta con un sistema de autocálculo de la prestación por desempleo en internet, en la dirección: http://www.inem.es/DGSimuladorWeb/ jsp/SimEntradaSimulador. jsp

-Si el trabajador encuentra un empleo antes de agotar toda la prestación a la que tiene derecho y permanece en este nuevo puesto al menos un año (generando una nueva prestación), en caso de volver a quedarse en paro podrá elegir, en el plazo de 10 días, si reanudar la prestación inicial o cobrar la nueva generada.

-Si el desempleado quiere iniciar una actividad como autónomo puede solicitar el pago único de hasta el 60% de la prestación que le corresponda. Para ello deberá tener pendientes de cobro como mínimo tres meses de prestación y no haber solicitado el pago único en los cuatro años anteriores. El resto de la prestación podrá abonarse de forma fragmentada como pago de las cotizaciones al régimen de autónomos en la nueva actividad, hasta que se agote la ayuda. Podrán acogerse a esta modalidad los que se quieran convertir en socios de cooperativas o sociedades laborales.

-Un requisito imprescindible para cobrar la prestación por desempleo es firmar en el momento de la solicitud un compromiso de actividad, por el que el beneficiario se compromete a buscar activamente empleo, aceptar la colocación adecuada que estimen los funcionarios públicos y participar en las acciones formativas que le propongan. El incumplimiento de dicho compromiso será castigado como una infracción leve, cuyas sanciones van desde la pérdida de un mes de prestación, en el caso de la primera infracción, hasta la extinción total si los incumplimientos son reiterados.

-Cuando se pierde un empleo parcial, la cuantía de la prestación contributiva se recorta en el mismo porcentaje que la jornada, sobre la habitual de la empresa.

SEPE

Fuente: Cinco Dias

ASPECTOS SOBRE EL PARO


El Ministerio de Trabajo cuenta con un sistema de autocálculo de la prestación por desempleo en internet, en la dirección: http://www.inem.es/DGSimuladorWeb/ jsp/SimEntradaSimulador. jsp

-Si el trabajador encuentra un empleo antes de agotar toda la prestación a la que tiene derecho y permanece en este nuevo puesto al menos un año (generando una nueva prestación), en caso de volver a quedarse en paro podrá elegir, en el plazo de 10 días, si reanudar la prestación inicial o cobrar la nueva generada.

-Si el desempleado quiere iniciar una actividad como autónomo puede solicitar el pago único de hasta el 60% de la prestación que le corresponda. Para ello deberá tener pendientes de cobro como mínimo tres meses de prestación y no haber solicitado el pago único en los cuatro años anteriores. El resto de la prestación podrá abonarse de forma fragmentada como pago de las cotizaciones al régimen de autónomos en la nueva actividad, hasta que se agote la ayuda. Podrán acogerse a esta modalidad los que se quieran convertir en socios de cooperativas o sociedades laborales.

-Un requisito imprescindible para cobrar la prestación por desempleo es firmar en el momento de la solicitud un compromiso de actividad, por el que el beneficiario se compromete a buscar activamente empleo, aceptar la colocación adecuada que estimen los funcionarios públicos y participar en las acciones formativas que le propongan. El incumplimiento de dicho compromiso será castigado como una infracción leve, cuyas sanciones van desde la pérdida de un mes de prestación, en el caso de la primera infracción, hasta la extinción total si los incumplimientos son reiterados.

-Cuando se pierde un empleo parcial, la cuantía de la prestación contributiva se recorta en el mismo porcentaje que la jornada, sobre la habitual de la empresa.

SEPE

Fuente: Cinco Dias

COBRO DEL PARO CON ERE

Entre las causas legales de situación de desempleo que se exigen para cobrar el seguro de paro está la de formar parte de un expediente de regulación de empleo (ERE), ya sea de extinción (despido), de suspensión temporal de empleo o de reducción de la jornada.

En el primero de estos casos, el desempleado accede al cobro de la prestación como un trabajador despedido más. Sin embargo, en las otras dos situaciones, el trabajador comienza a cobrar el paro durante el periodo en el que ve su empleo suspendido o la parte proporcional de su jornada reducida. Si finalmente el empleado es despedido, recibe el resto de la prestación que no haya gastado cuando estaba suspendido su puesto de trabajo. Esto último es lo que quiere mejorar el Ministerio de Trabajo en su paquete de medidas urgentes del diálogo social, que tiene previsto aprobar en breve.

Los planes iniciales de Trabajo consistían en poner el contador de la prestación a cero si el trabajador era despedido, con lo que no le computaría como gastada la parte de la prestación recibida durante la suspensión de empleo o la reducción de jornada. Sin embargo, el elevado coste de esta medida ha llevado a Trabajo a limitar a 120 días como máximo la cantidad de la prestación que se repondrá, si el trabajador suspendido es despedido. Así, por ejemplo, si el trabajador gasta 115 días de prestación, sólo se le sumarían cinco días a la cuantía final cuando sea despedido. Esto costará unos 319 millones de euros.

Hay que recordar que el cobro de la prestación por desempleo es incompatible con cualquier otro trabajo remunerado por cuenta ajena o propia o el desempeño de cargos públicos.

Fuente: Cinco dias

COBRO DEL PARO CON ERE

Entre las causas legales de situación de desempleo que se exigen para cobrar el seguro de paro está la de formar parte de un expediente de regulación de empleo (ERE), ya sea de extinción (despido), de suspensión temporal de empleo o de reducción de la jornada.

En el primero de estos casos, el desempleado accede al cobro de la prestación como un trabajador despedido más. Sin embargo, en las otras dos situaciones, el trabajador comienza a cobrar el paro durante el periodo en el que ve su empleo suspendido o la parte proporcional de su jornada reducida. Si finalmente el empleado es despedido, recibe el resto de la prestación que no haya gastado cuando estaba suspendido su puesto de trabajo. Esto último es lo que quiere mejorar el Ministerio de Trabajo en su paquete de medidas urgentes del diálogo social, que tiene previsto aprobar en breve.

Los planes iniciales de Trabajo consistían en poner el contador de la prestación a cero si el trabajador era despedido, con lo que no le computaría como gastada la parte de la prestación recibida durante la suspensión de empleo o la reducción de jornada. Sin embargo, el elevado coste de esta medida ha llevado a Trabajo a limitar a 120 días como máximo la cantidad de la prestación que se repondrá, si el trabajador suspendido es despedido. Así, por ejemplo, si el trabajador gasta 115 días de prestación, sólo se le sumarían cinco días a la cuantía final cuando sea despedido. Esto costará unos 319 millones de euros.

Hay que recordar que el cobro de la prestación por desempleo es incompatible con cualquier otro trabajo remunerado por cuenta ajena o propia o el desempeño de cargos públicos.

Fuente: Cinco dias

CONDICIONES PARA COBRAR EL PARO

1. Quién cobra la prestación contributiva. Los requisitos principales del beneficiario consisten en encontrarse en 'situación legal de desempleo' y haber cotizado por desempleo un periodo mínimo de 360 días dentro de los seis años anteriores a quedarse en paro.

2. Situación legal de desempleo. Acreditar esta circunstancia es clave para tener o no derecho a la prestación contributiva. De esta forma, sólo justificando las siguientes situaciones puede cobrarse el seguro de paro: finalización de un contrato temporal; despido (ya sea individual o colectivo); extinción del contrato en periodo de prueba; muerte o jubilación del empresario; incapacidad permanente total para la profesión habitual; y suspensión temporal de empleo o reducción de la jornada en un expediente de regulación de empleo (ERE).

Por tanto, la marcha voluntaria del trabajador de una empresa no genera derecho a cobrar la prestación, aunque reúna los requisitos de cotización; salvo en las siguientes situaciones: traslado del centro de trabajo que exija cambio de residencia; y otras 'causas justas' que dictamine el juez o el acta de conciliación.

Otras situaciones que generan esta prestación es la vuelta a España tras finalizar un contrato en el extranjero; los liberados de prisión y el cese involuntario de cargos sindicales y de las administraciones públicas.

3. Cuánto se cobra. La cuantía de la prestación contributiva será del 70% de la base reguladora del trabajador durante los 180 primeros días del cobro de la prestación. A partir del día 181, se recibirá el 60%. La base reguladora de esta prestación se calcula con el promedio de las bases de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales por las que cotizó el trabajador durante los 180 días anteriores a la situación de desempleo (sin contar las horas extras).

Asimismo, la ley establece cada año unos topes mínimos y máximos de la prestación. En 2009, la menor cuantía que se puede cobrar por prestación contributiva de desempleo es de 492,08 euros al mes; mientras que el tope máximo está fijado en 1.383,99 euros al mes en el presente ejercicio. Además de la prestación económica, el Estado costeará el 100% de la cotización empresarial a la Seguridad Social del parado y el 35% de la cuota del trabajador.

La duración de la prestación oscila entre los cuatro meses de mínimo, si se han cotizado 360 días y un máximo de dos años, con seis años cotizados (ver tabla).

4. Cómo y cuándo se solicita y recibe el dinero. El beneficiario deberá inscribirse como demandante y solicitar la prestación en los 15 días siguientes a producirse la situación legal de desempleo. Tras reconocer la prestación (actualmente el periodo medio de este reconocimiento es una semana), la oficina de empleo comunica al perceptor cuánto dinero le corresponde y el periodo de cobro. El pago se realizará por meses vencidos entre el día 10 y 15, aunque el Ministerio de Trabajo pretende que sea a primeros de mes en este año.

5. Subsidio como alternativa. Si no se ha cotizado lo suficiente para recibir la prestación contributiva, se puede cobrar el subsidio por desempleo. Para ello debe haberse cotizado por desempleo al menos tres meses, si se tienen hijos y 6 meses, si no se tienen. Además se debe carecer de rentas, 'de cualquier naturaleza', superiores al 75% del salario mínimo interprofesional (624 euros al mes en 2009).

Fuente: Cinco Dias

CONDICIONES PARA COBRAR EL PARO

1. Quién cobra la prestación contributiva. Los requisitos principales del beneficiario consisten en encontrarse en 'situación legal de desempleo' y haber cotizado por desempleo un periodo mínimo de 360 días dentro de los seis años anteriores a quedarse en paro.

2. Situación legal de desempleo. Acreditar esta circunstancia es clave para tener o no derecho a la prestación contributiva. De esta forma, sólo justificando las siguientes situaciones puede cobrarse el seguro de paro: finalización de un contrato temporal; despido (ya sea individual o colectivo); extinción del contrato en periodo de prueba; muerte o jubilación del empresario; incapacidad permanente total para la profesión habitual; y suspensión temporal de empleo o reducción de la jornada en un expediente de regulación de empleo (ERE).

Por tanto, la marcha voluntaria del trabajador de una empresa no genera derecho a cobrar la prestación, aunque reúna los requisitos de cotización; salvo en las siguientes situaciones: traslado del centro de trabajo que exija cambio de residencia; y otras 'causas justas' que dictamine el juez o el acta de conciliación.

Otras situaciones que generan esta prestación es la vuelta a España tras finalizar un contrato en el extranjero; los liberados de prisión y el cese involuntario de cargos sindicales y de las administraciones públicas.

3. Cuánto se cobra. La cuantía de la prestación contributiva será del 70% de la base reguladora del trabajador durante los 180 primeros días del cobro de la prestación. A partir del día 181, se recibirá el 60%. La base reguladora de esta prestación se calcula con el promedio de las bases de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales por las que cotizó el trabajador durante los 180 días anteriores a la situación de desempleo (sin contar las horas extras).

Asimismo, la ley establece cada año unos topes mínimos y máximos de la prestación. En 2009, la menor cuantía que se puede cobrar por prestación contributiva de desempleo es de 492,08 euros al mes; mientras que el tope máximo está fijado en 1.383,99 euros al mes en el presente ejercicio. Además de la prestación económica, el Estado costeará el 100% de la cotización empresarial a la Seguridad Social del parado y el 35% de la cuota del trabajador.

La duración de la prestación oscila entre los cuatro meses de mínimo, si se han cotizado 360 días y un máximo de dos años, con seis años cotizados (ver tabla).

4. Cómo y cuándo se solicita y recibe el dinero. El beneficiario deberá inscribirse como demandante y solicitar la prestación en los 15 días siguientes a producirse la situación legal de desempleo. Tras reconocer la prestación (actualmente el periodo medio de este reconocimiento es una semana), la oficina de empleo comunica al perceptor cuánto dinero le corresponde y el periodo de cobro. El pago se realizará por meses vencidos entre el día 10 y 15, aunque el Ministerio de Trabajo pretende que sea a primeros de mes en este año.

5. Subsidio como alternativa. Si no se ha cotizado lo suficiente para recibir la prestación contributiva, se puede cobrar el subsidio por desempleo. Para ello debe haberse cotizado por desempleo al menos tres meses, si se tienen hijos y 6 meses, si no se tienen. Además se debe carecer de rentas, 'de cualquier naturaleza', superiores al 75% del salario mínimo interprofesional (624 euros al mes en 2009).

Fuente: Cinco Dias

1/11/09

LETONIA NOS GANA EN PARO

España ha dejado de ser el estado miembro de la UE con mayor tasa de paro, ya que fue superada en septiembre por Letonia, con el 19,7%.
De los veintiún Estados miembros para los que hay datos disponibles, el paro aumentó en septiembre en diecisiete países y se mantuvo estable en cuatro.
Los mayores aumentos mensuales tuvieron lugar en Letonia (de 19,7% a 18,8%) y en España (de 18,8% a 19,3%), los dos países que más desempleo tienen de toda la Unión. Los únicos países en los que no creció el paro fueron Bélgica, que se mantuvo con el 7,9%, Alemania (7,6%), Malta (7,2%) y Eslovenia (5,9%).
Holanda, con sólo el 3,6%, es el país socio con la tasa más baja, seguido de Austria (4,8%), aunque ambos países registraron aumentos mensuales de una décima.
Fuente: abc

LETONIA NOS GANA EN PARO

España ha dejado de ser el estado miembro de la UE con mayor tasa de paro, ya que fue superada en septiembre por Letonia, con el 19,7%.
De los veintiún Estados miembros para los que hay datos disponibles, el paro aumentó en septiembre en diecisiete países y se mantuvo estable en cuatro.
Los mayores aumentos mensuales tuvieron lugar en Letonia (de 19,7% a 18,8%) y en España (de 18,8% a 19,3%), los dos países que más desempleo tienen de toda la Unión. Los únicos países en los que no creció el paro fueron Bélgica, que se mantuvo con el 7,9%, Alemania (7,6%), Malta (7,2%) y Eslovenia (5,9%).
Holanda, con sólo el 3,6%, es el país socio con la tasa más baja, seguido de Austria (4,8%), aunque ambos países registraron aumentos mensuales de una décima.
Fuente: abc

15/10/09

CONFIRMING EL CREDITO COMERCIAL SEGURO

El confirming es un servicio financiero que ofrece una entidad financiera con tal de facilitar a sus clientes la gestión del pago de sus compras. Se ofrece para cobrar las facturas con anterioridad a la fecha de vencimiento de estas. Su uso es frecuente en empresas que tengan diversificados sus proveedores, que deseen dilatar el pago a proveedores o que tengan un sistema de pagos complejo.
No confundir el confirming, con los "pagos confirmados" o "pagos domiciliados" de menor vinculación en la responsabilidad del pago por parte de la entidad financiera. El confirming equivale a un pago certificado, con la diferencia de que aquí el banco avala el pago al proveedor. De hecho, es un factoring inverso ya que lo inicia el cliente y no el proveedor. En consecuencia, en inglés este servicio se llama Reverse Factoring (y no, como uno podría pensar, Confirming).
Efectivamente, el confirming se ha desarrollado en España en los años noventa y se ha ido divulgando en todo el mundo a partir de la expansión internacional de las grandes entidades bancarias españolas, sobre todo en el sur de Europa y en Latinoamérica.

Ventajas e inconvenientes
Inconvenientes:
Cliente: Aunque mantiene la iniciativa en el pago, se obliga a trabajar con una determinada entidad, lo que le resta capacidad de maniobra.
Proveedor: Pierde la iniciativa en el cobro, cediéndosela a sus clientes.
Entidad: Concentra una gran cantidad de riesgo financiero en un sólo cliente lo que en el caso de dificultades puede ser un grave problema.

Ventajas:
Para la empresa que incorpora este servicio de gestión de pago a sus proveedores, los principales beneficios son los siguientes:
- Mejora su imagen ante sus proveedores al estar avalados sus pagos por una institución financiera.
- Evita costes de emisión de pagarés y cheques o manipulación de letras de cambio.
- Evita las incidencias que se producen en las domiciliaciones de recibos.
- Evita llamadas telefónicas de proveedores para informarse sobre la situación de sus facturas.
- Evita el seguimiento de distintas cuentas corrientes para conciliar los cargos de letras, pagarés o cheques.
- La empresa mantiene la iniciativa de pago.
- Obtiene información de gran ayuda en la gestión de las compras
Para los proveedores, los beneficios que les reporta el servicio de confirming son básicamente los siguientes:
- Pueden cobrar sus facturas al contado, previo descuento de los costes financieros, eliminando completamente el riesgo de impago
- Obtienen la concesión de una línea de crédito sin limite y sin consumir su propio crédito
- Evitan el pago de timbres, quien no los repercuta a sus clientes, al gestionar los cobros a través de traspasos o transferencias

Costes:
Para el cliente: Comisión por gestión de cobros.
Para el proveedor: Comisión en caso de anticipo de facturas. Esto no quiere decir que para el proveedor la operación no sea ventajosa ya que dicho coste suele ser inferior al coste de un anticipo o descuento tradicional.