Concepto: Un contrato de trabajo es un acuerdo entre empresario y trabajador por el que éste se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo su dirección, a cambio de una retribución.
Partes: -contratante y contratado
Cuando entre en vigor la simplificación administrativa habrá 5 contratos:
- indefinido (sin fecha de extinción de la relación laboral)
- temporal (con fecha de extinción de la relacion laboral)
- de relevo
La duración del contrato de relevo que se celebre como consecuencia de una jubilación parcial tendrá que ser indefinida o como mínimo, igual al tiempo que falte al trabajador sustituido para alcanzar la edad establecida en el apartado 1 del artículo 166 de la Ley General de la Seguridad Social o, transitoriamente, las edades previstas en la disposición transitoria vigésima.
- de prácticas
Los contratos en prácticas tienen como finalidad la obtención de la práctica profesional adecuada a una titulación universitaria específica, formación profesional de grado medio o superior o títulos reconocidos. Los candidatos a ser empleados bajo un contrato de prácticas tienen que reunir dos requisitos específicos: —Tener una titulación específica de: licenciado universitario, ingeniero o arquitecto o título de grado equivalente. Ser diplomado, ingeniero o arquitecto técnico. Ser técnico o técnico superior de formación profesional reglado, de la formación profesional específica o tener alguna titulación reconocida como equivalente a las anteriores. —Para los mayores de 30 años no debe haber transcurrido más de cinco años desde la terminación de los correspondientes estudios o desde la convalidación del título en España. Para los menores de 30 años esta limitación es inexistente a partir de la entrada en vigor del nuevo Plan de Empleo Juvenil. Estos contratos de prácticas no pueden ser inferiores a seis meses ni superiores a dos años, dentro de estos límites, los convenios reguladores de cada sector profesional pueden determinar unas características concretas.
- de formación y aprendizaje
Para mayores de 16 años y menores de 25 (podrán celebrarse con menores de 30 años hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15%), que carezcan de la cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo requerida para concertar un contrato en prácticas para el puesto de trabajo u ocupación objeto del contrato. La duración mínima del contrato será de un año y la máxima de tres años, si bien mediante convenio colectivo podrá establecerse distintas duraciones del contrato, sin que la duración mínima pueda ser inferior a seis meses ni la máxima de tres años. ventajas de este contrato
TEMPORALIDAD: Los contratos podran ser a tiempo completo o a tiempo parcial (Este contrato tiene por objeto la prestación de servicios con una duración de la jornada inferior a la de un trabajador contratado a tiempo completo. En él, el trabajador se obliga a prestar sus servicios durante un determinado número de horas al día, a la semana, al mes o al año, inferior al 77% de la jornada (cotizan por las horas trabajadas).
TIPOS DE CONTRATOS DE TRABAJO
Permisos paternales.
Novedad 2020
A partir del 1 de enero de 2020, en el caso de nacimiento de un hijo, el padre contará con un permiso de paternidad de doce semanas. Condicionantes aplicables De estas doce semanas las cuatro primeras deben ser disfrutadas de forma ininterrumpida inmediatamente tras el parto. La madre biológica vuelve a reducir el número de semanas a transferir al padre, en el año 2020 sólo podrá ceder al padre dos semanas de su permiso por maternidad.
SMI 2020
Permisos paternales.
Novedad 2020
A partir del 1 de enero de 2020, en el caso de nacimiento de un hijo, el padre contará con un permiso de paternidad de doce semanas. Condicionantes aplicables De estas doce semanas las cuatro primeras deben ser disfrutadas de forma ininterrumpida inmediatamente tras el parto. La madre biológica vuelve a reducir el número de semanas a transferir al padre, en el año 2020 sólo podrá ceder al padre dos semanas de su permiso por maternidad.
SMI 2020
La retribución al trabajador mediante la entrega de bienes, derechos a prestación de servicios siempre que sean convertibles o evaluables en metálico, en ningún caso podrá superar al 30% del total del salario, ni dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero del salario mínimo interprofesional.
PERO, la cuantía íntegra del salario mínimo interprofesional (950€/mes) siempre debe ser entregada en dinero, no en especie.
PERO, la cuantía íntegra del salario mínimo interprofesional (950€/mes) siempre debe ser entregada en dinero, no en especie.