9/11/09

ASPECTOS SOBRE EL PARO


El Ministerio de Trabajo cuenta con un sistema de autocálculo de la prestación por desempleo en internet, en la dirección: http://www.inem.es/DGSimuladorWeb/ jsp/SimEntradaSimulador. jsp

-Si el trabajador encuentra un empleo antes de agotar toda la prestación a la que tiene derecho y permanece en este nuevo puesto al menos un año (generando una nueva prestación), en caso de volver a quedarse en paro podrá elegir, en el plazo de 10 días, si reanudar la prestación inicial o cobrar la nueva generada.

-Si el desempleado quiere iniciar una actividad como autónomo puede solicitar el pago único de hasta el 60% de la prestación que le corresponda. Para ello deberá tener pendientes de cobro como mínimo tres meses de prestación y no haber solicitado el pago único en los cuatro años anteriores. El resto de la prestación podrá abonarse de forma fragmentada como pago de las cotizaciones al régimen de autónomos en la nueva actividad, hasta que se agote la ayuda. Podrán acogerse a esta modalidad los que se quieran convertir en socios de cooperativas o sociedades laborales.

-Un requisito imprescindible para cobrar la prestación por desempleo es firmar en el momento de la solicitud un compromiso de actividad, por el que el beneficiario se compromete a buscar activamente empleo, aceptar la colocación adecuada que estimen los funcionarios públicos y participar en las acciones formativas que le propongan. El incumplimiento de dicho compromiso será castigado como una infracción leve, cuyas sanciones van desde la pérdida de un mes de prestación, en el caso de la primera infracción, hasta la extinción total si los incumplimientos son reiterados.

-Cuando se pierde un empleo parcial, la cuantía de la prestación contributiva se recorta en el mismo porcentaje que la jornada, sobre la habitual de la empresa.

SEPE

Fuente: Cinco Dias

ASPECTOS SOBRE EL PARO


El Ministerio de Trabajo cuenta con un sistema de autocálculo de la prestación por desempleo en internet, en la dirección: http://www.inem.es/DGSimuladorWeb/ jsp/SimEntradaSimulador. jsp

-Si el trabajador encuentra un empleo antes de agotar toda la prestación a la que tiene derecho y permanece en este nuevo puesto al menos un año (generando una nueva prestación), en caso de volver a quedarse en paro podrá elegir, en el plazo de 10 días, si reanudar la prestación inicial o cobrar la nueva generada.

-Si el desempleado quiere iniciar una actividad como autónomo puede solicitar el pago único de hasta el 60% de la prestación que le corresponda. Para ello deberá tener pendientes de cobro como mínimo tres meses de prestación y no haber solicitado el pago único en los cuatro años anteriores. El resto de la prestación podrá abonarse de forma fragmentada como pago de las cotizaciones al régimen de autónomos en la nueva actividad, hasta que se agote la ayuda. Podrán acogerse a esta modalidad los que se quieran convertir en socios de cooperativas o sociedades laborales.

-Un requisito imprescindible para cobrar la prestación por desempleo es firmar en el momento de la solicitud un compromiso de actividad, por el que el beneficiario se compromete a buscar activamente empleo, aceptar la colocación adecuada que estimen los funcionarios públicos y participar en las acciones formativas que le propongan. El incumplimiento de dicho compromiso será castigado como una infracción leve, cuyas sanciones van desde la pérdida de un mes de prestación, en el caso de la primera infracción, hasta la extinción total si los incumplimientos son reiterados.

-Cuando se pierde un empleo parcial, la cuantía de la prestación contributiva se recorta en el mismo porcentaje que la jornada, sobre la habitual de la empresa.

SEPE

Fuente: Cinco Dias

COBRO DEL PARO CON ERE

Entre las causas legales de situación de desempleo que se exigen para cobrar el seguro de paro está la de formar parte de un expediente de regulación de empleo (ERE), ya sea de extinción (despido), de suspensión temporal de empleo o de reducción de la jornada.

En el primero de estos casos, el desempleado accede al cobro de la prestación como un trabajador despedido más. Sin embargo, en las otras dos situaciones, el trabajador comienza a cobrar el paro durante el periodo en el que ve su empleo suspendido o la parte proporcional de su jornada reducida. Si finalmente el empleado es despedido, recibe el resto de la prestación que no haya gastado cuando estaba suspendido su puesto de trabajo. Esto último es lo que quiere mejorar el Ministerio de Trabajo en su paquete de medidas urgentes del diálogo social, que tiene previsto aprobar en breve.

Los planes iniciales de Trabajo consistían en poner el contador de la prestación a cero si el trabajador era despedido, con lo que no le computaría como gastada la parte de la prestación recibida durante la suspensión de empleo o la reducción de jornada. Sin embargo, el elevado coste de esta medida ha llevado a Trabajo a limitar a 120 días como máximo la cantidad de la prestación que se repondrá, si el trabajador suspendido es despedido. Así, por ejemplo, si el trabajador gasta 115 días de prestación, sólo se le sumarían cinco días a la cuantía final cuando sea despedido. Esto costará unos 319 millones de euros.

Hay que recordar que el cobro de la prestación por desempleo es incompatible con cualquier otro trabajo remunerado por cuenta ajena o propia o el desempeño de cargos públicos.

Fuente: Cinco dias

COBRO DEL PARO CON ERE

Entre las causas legales de situación de desempleo que se exigen para cobrar el seguro de paro está la de formar parte de un expediente de regulación de empleo (ERE), ya sea de extinción (despido), de suspensión temporal de empleo o de reducción de la jornada.

En el primero de estos casos, el desempleado accede al cobro de la prestación como un trabajador despedido más. Sin embargo, en las otras dos situaciones, el trabajador comienza a cobrar el paro durante el periodo en el que ve su empleo suspendido o la parte proporcional de su jornada reducida. Si finalmente el empleado es despedido, recibe el resto de la prestación que no haya gastado cuando estaba suspendido su puesto de trabajo. Esto último es lo que quiere mejorar el Ministerio de Trabajo en su paquete de medidas urgentes del diálogo social, que tiene previsto aprobar en breve.

Los planes iniciales de Trabajo consistían en poner el contador de la prestación a cero si el trabajador era despedido, con lo que no le computaría como gastada la parte de la prestación recibida durante la suspensión de empleo o la reducción de jornada. Sin embargo, el elevado coste de esta medida ha llevado a Trabajo a limitar a 120 días como máximo la cantidad de la prestación que se repondrá, si el trabajador suspendido es despedido. Así, por ejemplo, si el trabajador gasta 115 días de prestación, sólo se le sumarían cinco días a la cuantía final cuando sea despedido. Esto costará unos 319 millones de euros.

Hay que recordar que el cobro de la prestación por desempleo es incompatible con cualquier otro trabajo remunerado por cuenta ajena o propia o el desempeño de cargos públicos.

Fuente: Cinco dias

CONDICIONES PARA COBRAR EL PARO

1. Quién cobra la prestación contributiva. Los requisitos principales del beneficiario consisten en encontrarse en 'situación legal de desempleo' y haber cotizado por desempleo un periodo mínimo de 360 días dentro de los seis años anteriores a quedarse en paro.

2. Situación legal de desempleo. Acreditar esta circunstancia es clave para tener o no derecho a la prestación contributiva. De esta forma, sólo justificando las siguientes situaciones puede cobrarse el seguro de paro: finalización de un contrato temporal; despido (ya sea individual o colectivo); extinción del contrato en periodo de prueba; muerte o jubilación del empresario; incapacidad permanente total para la profesión habitual; y suspensión temporal de empleo o reducción de la jornada en un expediente de regulación de empleo (ERE).

Por tanto, la marcha voluntaria del trabajador de una empresa no genera derecho a cobrar la prestación, aunque reúna los requisitos de cotización; salvo en las siguientes situaciones: traslado del centro de trabajo que exija cambio de residencia; y otras 'causas justas' que dictamine el juez o el acta de conciliación.

Otras situaciones que generan esta prestación es la vuelta a España tras finalizar un contrato en el extranjero; los liberados de prisión y el cese involuntario de cargos sindicales y de las administraciones públicas.

3. Cuánto se cobra. La cuantía de la prestación contributiva será del 70% de la base reguladora del trabajador durante los 180 primeros días del cobro de la prestación. A partir del día 181, se recibirá el 60%. La base reguladora de esta prestación se calcula con el promedio de las bases de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales por las que cotizó el trabajador durante los 180 días anteriores a la situación de desempleo (sin contar las horas extras).

Asimismo, la ley establece cada año unos topes mínimos y máximos de la prestación. En 2009, la menor cuantía que se puede cobrar por prestación contributiva de desempleo es de 492,08 euros al mes; mientras que el tope máximo está fijado en 1.383,99 euros al mes en el presente ejercicio. Además de la prestación económica, el Estado costeará el 100% de la cotización empresarial a la Seguridad Social del parado y el 35% de la cuota del trabajador.

La duración de la prestación oscila entre los cuatro meses de mínimo, si se han cotizado 360 días y un máximo de dos años, con seis años cotizados (ver tabla).

4. Cómo y cuándo se solicita y recibe el dinero. El beneficiario deberá inscribirse como demandante y solicitar la prestación en los 15 días siguientes a producirse la situación legal de desempleo. Tras reconocer la prestación (actualmente el periodo medio de este reconocimiento es una semana), la oficina de empleo comunica al perceptor cuánto dinero le corresponde y el periodo de cobro. El pago se realizará por meses vencidos entre el día 10 y 15, aunque el Ministerio de Trabajo pretende que sea a primeros de mes en este año.

5. Subsidio como alternativa. Si no se ha cotizado lo suficiente para recibir la prestación contributiva, se puede cobrar el subsidio por desempleo. Para ello debe haberse cotizado por desempleo al menos tres meses, si se tienen hijos y 6 meses, si no se tienen. Además se debe carecer de rentas, 'de cualquier naturaleza', superiores al 75% del salario mínimo interprofesional (624 euros al mes en 2009).

Fuente: Cinco Dias

CONDICIONES PARA COBRAR EL PARO

1. Quién cobra la prestación contributiva. Los requisitos principales del beneficiario consisten en encontrarse en 'situación legal de desempleo' y haber cotizado por desempleo un periodo mínimo de 360 días dentro de los seis años anteriores a quedarse en paro.

2. Situación legal de desempleo. Acreditar esta circunstancia es clave para tener o no derecho a la prestación contributiva. De esta forma, sólo justificando las siguientes situaciones puede cobrarse el seguro de paro: finalización de un contrato temporal; despido (ya sea individual o colectivo); extinción del contrato en periodo de prueba; muerte o jubilación del empresario; incapacidad permanente total para la profesión habitual; y suspensión temporal de empleo o reducción de la jornada en un expediente de regulación de empleo (ERE).

Por tanto, la marcha voluntaria del trabajador de una empresa no genera derecho a cobrar la prestación, aunque reúna los requisitos de cotización; salvo en las siguientes situaciones: traslado del centro de trabajo que exija cambio de residencia; y otras 'causas justas' que dictamine el juez o el acta de conciliación.

Otras situaciones que generan esta prestación es la vuelta a España tras finalizar un contrato en el extranjero; los liberados de prisión y el cese involuntario de cargos sindicales y de las administraciones públicas.

3. Cuánto se cobra. La cuantía de la prestación contributiva será del 70% de la base reguladora del trabajador durante los 180 primeros días del cobro de la prestación. A partir del día 181, se recibirá el 60%. La base reguladora de esta prestación se calcula con el promedio de las bases de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales por las que cotizó el trabajador durante los 180 días anteriores a la situación de desempleo (sin contar las horas extras).

Asimismo, la ley establece cada año unos topes mínimos y máximos de la prestación. En 2009, la menor cuantía que se puede cobrar por prestación contributiva de desempleo es de 492,08 euros al mes; mientras que el tope máximo está fijado en 1.383,99 euros al mes en el presente ejercicio. Además de la prestación económica, el Estado costeará el 100% de la cotización empresarial a la Seguridad Social del parado y el 35% de la cuota del trabajador.

La duración de la prestación oscila entre los cuatro meses de mínimo, si se han cotizado 360 días y un máximo de dos años, con seis años cotizados (ver tabla).

4. Cómo y cuándo se solicita y recibe el dinero. El beneficiario deberá inscribirse como demandante y solicitar la prestación en los 15 días siguientes a producirse la situación legal de desempleo. Tras reconocer la prestación (actualmente el periodo medio de este reconocimiento es una semana), la oficina de empleo comunica al perceptor cuánto dinero le corresponde y el periodo de cobro. El pago se realizará por meses vencidos entre el día 10 y 15, aunque el Ministerio de Trabajo pretende que sea a primeros de mes en este año.

5. Subsidio como alternativa. Si no se ha cotizado lo suficiente para recibir la prestación contributiva, se puede cobrar el subsidio por desempleo. Para ello debe haberse cotizado por desempleo al menos tres meses, si se tienen hijos y 6 meses, si no se tienen. Además se debe carecer de rentas, 'de cualquier naturaleza', superiores al 75% del salario mínimo interprofesional (624 euros al mes en 2009).

Fuente: Cinco Dias

1/11/09

LETONIA NOS GANA EN PARO

España ha dejado de ser el estado miembro de la UE con mayor tasa de paro, ya que fue superada en septiembre por Letonia, con el 19,7%.
De los veintiún Estados miembros para los que hay datos disponibles, el paro aumentó en septiembre en diecisiete países y se mantuvo estable en cuatro.
Los mayores aumentos mensuales tuvieron lugar en Letonia (de 19,7% a 18,8%) y en España (de 18,8% a 19,3%), los dos países que más desempleo tienen de toda la Unión. Los únicos países en los que no creció el paro fueron Bélgica, que se mantuvo con el 7,9%, Alemania (7,6%), Malta (7,2%) y Eslovenia (5,9%).
Holanda, con sólo el 3,6%, es el país socio con la tasa más baja, seguido de Austria (4,8%), aunque ambos países registraron aumentos mensuales de una décima.
Fuente: abc

LETONIA NOS GANA EN PARO

España ha dejado de ser el estado miembro de la UE con mayor tasa de paro, ya que fue superada en septiembre por Letonia, con el 19,7%.
De los veintiún Estados miembros para los que hay datos disponibles, el paro aumentó en septiembre en diecisiete países y se mantuvo estable en cuatro.
Los mayores aumentos mensuales tuvieron lugar en Letonia (de 19,7% a 18,8%) y en España (de 18,8% a 19,3%), los dos países que más desempleo tienen de toda la Unión. Los únicos países en los que no creció el paro fueron Bélgica, que se mantuvo con el 7,9%, Alemania (7,6%), Malta (7,2%) y Eslovenia (5,9%).
Holanda, con sólo el 3,6%, es el país socio con la tasa más baja, seguido de Austria (4,8%), aunque ambos países registraron aumentos mensuales de una décima.
Fuente: abc

15/10/09

CONFIRMING EL CREDITO COMERCIAL SEGURO

El confirming es un servicio financiero que ofrece una entidad financiera con tal de facilitar a sus clientes la gestión del pago de sus compras. Se ofrece para cobrar las facturas con anterioridad a la fecha de vencimiento de estas. Su uso es frecuente en empresas que tengan diversificados sus proveedores, que deseen dilatar el pago a proveedores o que tengan un sistema de pagos complejo.
No confundir el confirming, con los "pagos confirmados" o "pagos domiciliados" de menor vinculación en la responsabilidad del pago por parte de la entidad financiera. El confirming equivale a un pago certificado, con la diferencia de que aquí el banco avala el pago al proveedor. De hecho, es un factoring inverso ya que lo inicia el cliente y no el proveedor. En consecuencia, en inglés este servicio se llama Reverse Factoring (y no, como uno podría pensar, Confirming).
Efectivamente, el confirming se ha desarrollado en España en los años noventa y se ha ido divulgando en todo el mundo a partir de la expansión internacional de las grandes entidades bancarias españolas, sobre todo en el sur de Europa y en Latinoamérica.

Ventajas e inconvenientes
Inconvenientes:
Cliente: Aunque mantiene la iniciativa en el pago, se obliga a trabajar con una determinada entidad, lo que le resta capacidad de maniobra.
Proveedor: Pierde la iniciativa en el cobro, cediéndosela a sus clientes.
Entidad: Concentra una gran cantidad de riesgo financiero en un sólo cliente lo que en el caso de dificultades puede ser un grave problema.

Ventajas:
Para la empresa que incorpora este servicio de gestión de pago a sus proveedores, los principales beneficios son los siguientes:
- Mejora su imagen ante sus proveedores al estar avalados sus pagos por una institución financiera.
- Evita costes de emisión de pagarés y cheques o manipulación de letras de cambio.
- Evita las incidencias que se producen en las domiciliaciones de recibos.
- Evita llamadas telefónicas de proveedores para informarse sobre la situación de sus facturas.
- Evita el seguimiento de distintas cuentas corrientes para conciliar los cargos de letras, pagarés o cheques.
- La empresa mantiene la iniciativa de pago.
- Obtiene información de gran ayuda en la gestión de las compras
Para los proveedores, los beneficios que les reporta el servicio de confirming son básicamente los siguientes:
- Pueden cobrar sus facturas al contado, previo descuento de los costes financieros, eliminando completamente el riesgo de impago
- Obtienen la concesión de una línea de crédito sin limite y sin consumir su propio crédito
- Evitan el pago de timbres, quien no los repercuta a sus clientes, al gestionar los cobros a través de traspasos o transferencias

Costes:
Para el cliente: Comisión por gestión de cobros.
Para el proveedor: Comisión en caso de anticipo de facturas. Esto no quiere decir que para el proveedor la operación no sea ventajosa ya que dicho coste suele ser inferior al coste de un anticipo o descuento tradicional.

CONFIRMING EL CREDITO COMERCIAL SEGURO

El confirming es un servicio financiero que ofrece una entidad financiera con tal de facilitar a sus clientes la gestión del pago de sus compras. Se ofrece para cobrar las facturas con anterioridad a la fecha de vencimiento de estas. Su uso es frecuente en empresas que tengan diversificados sus proveedores, que deseen dilatar el pago a proveedores o que tengan un sistema de pagos complejo.
No confundir el confirming, con los "pagos confirmados" o "pagos domiciliados" de menor vinculación en la responsabilidad del pago por parte de la entidad financiera. El confirming equivale a un pago certificado, con la diferencia de que aquí el banco avala el pago al proveedor. De hecho, es un factoring inverso ya que lo inicia el cliente y no el proveedor. En consecuencia, en inglés este servicio se llama Reverse Factoring (y no, como uno podría pensar, Confirming).
Efectivamente, el confirming se ha desarrollado en España en los años noventa y se ha ido divulgando en todo el mundo a partir de la expansión internacional de las grandes entidades bancarias españolas, sobre todo en el sur de Europa y en Latinoamérica.

Ventajas e inconvenientes
Inconvenientes:
Cliente: Aunque mantiene la iniciativa en el pago, se obliga a trabajar con una determinada entidad, lo que le resta capacidad de maniobra.
Proveedor: Pierde la iniciativa en el cobro, cediéndosela a sus clientes.
Entidad: Concentra una gran cantidad de riesgo financiero en un sólo cliente lo que en el caso de dificultades puede ser un grave problema.

Ventajas:
Para la empresa que incorpora este servicio de gestión de pago a sus proveedores, los principales beneficios son los siguientes:
- Mejora su imagen ante sus proveedores al estar avalados sus pagos por una institución financiera.
- Evita costes de emisión de pagarés y cheques o manipulación de letras de cambio.
- Evita las incidencias que se producen en las domiciliaciones de recibos.
- Evita llamadas telefónicas de proveedores para informarse sobre la situación de sus facturas.
- Evita el seguimiento de distintas cuentas corrientes para conciliar los cargos de letras, pagarés o cheques.
- La empresa mantiene la iniciativa de pago.
- Obtiene información de gran ayuda en la gestión de las compras
Para los proveedores, los beneficios que les reporta el servicio de confirming son básicamente los siguientes:
- Pueden cobrar sus facturas al contado, previo descuento de los costes financieros, eliminando completamente el riesgo de impago
- Obtienen la concesión de una línea de crédito sin limite y sin consumir su propio crédito
- Evitan el pago de timbres, quien no los repercuta a sus clientes, al gestionar los cobros a través de traspasos o transferencias

Costes:
Para el cliente: Comisión por gestión de cobros.
Para el proveedor: Comisión en caso de anticipo de facturas. Esto no quiere decir que para el proveedor la operación no sea ventajosa ya que dicho coste suele ser inferior al coste de un anticipo o descuento tradicional.

9/10/09

TIPOS AL 1% EN LA EUROZONA

El Consejo de Gobierno del Banco Central Europeo (BCE) decidió este jueves mantener los tipos de interés de la zona euro en el 1%, el nivel más bajo en la historia de la institución.

TIPOS AL 1% EN LA EUROZONA

El Consejo de Gobierno del Banco Central Europeo (BCE) decidió este jueves mantener los tipos de interés de la zona euro en el 1%, el nivel más bajo en la historia de la institución.

8/10/09

LA DESLOCALIZACION

No corren buenos tiempos para el sector de la electrónica en España. Al menos para los fabricantes que todavía tienen plantas en el país y no han optado por limitar su presencia a una estructura comercial. La caída del consumo, pese a la oferta diaria de los comercios, la ausencia de renovación de los equipos electrónicos por parte de particulares y empresas que prefieren ahorrar ese gasto y los elevados costes laborales de los trabajadores del sector industrial provocan que multinacionales como la japonesa Sharp se planteen trasladar gran parte de la fabricación de televisores hacia lugares con costes más baratos.

La Unión Europea está formada por 27 países, sin embargo el progreso económico y los elevados costes laborales en España provocan que las multinacionales trasladen producción a países comunitarios del Este europeo”. Así se pronuncia un ex directivo de la multinacional coreana Daewoo, en venta, para explicar que el futuro para los fabricantes electrónicos en España pasa por la deslocalización.

Es lo que el sindicato USO considera que ocurrirá con la mayor parte de la producción de televisores que todavía mantiene la multinacional japonesa en su fábrica de Sant Cugat del Vallés, a veinte kilómetros de Barcelona. Esta central considera que “la planta tiene capacidad para producir televisores LCD de última generación, el problema es que Sharp no ha presentado un plan industrial serio para mantener todos los puestos de trabajo ni una carga productiva porque el destino de esa producción será la fábrica que tiene Sharp en Polonia”.

Según comenta un joven de 24 años que trabaja en la fábrica y que ayer se manifestó junto a 200 compañeros en Barcelona en contra del plan de reducción temporal de plantilla con el que ha amenazado la compañía a los trabajadores, la fábrica de Sant Cugat “puede trabajar y asumir más producción, pero estamos desorientados porque ningún directivo nos comenta si vamos a seguir dentro de un año”.

Precisamente Sant Cugat ha visto cómo en la última década otro gigante de la electrónica, Hewlett Packard, abandonaba su planta de producción de impresoras para “reinventarse” transformar su planta en el mayor centro de diseño y creación de productos y tintas para impresoras de gran formato destinadas al sector de la publicidad y la cartelería industrial. Por el momento, Sharp lo único que ha hecho es plantear un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) temporal.

El ERE del fabricante japonés estará en vigor seis meses, con suspensión de un máximo de 165 días, que afectará a 490 de los 536 trabajadores. Miembros del comité de empresa advierten que la baja actividad de la planta “se arrastra desde hace meses”, cosa que han atribuido al traslado de la producción a la nueva fábrica que la compañía tiene en Polonia. Según USO la empresa había asegurado que la fábrica de Polonia sólo se encargaría de la producción de paneles para las pantallas, aunque ellos tienen constancia de que desde finales de septiembre pasado Sharp está produciendo “televisores enteros” y también los nuevos modelos de iluminación por LED.

Sharp anunció el pasado 21 de julio que la planta de Sant Cugat del Vallès empezaría a producir un nuevo modelo de televisores a partir de octubre, lo que mostraba su “compromiso de continuidad” en España. Este nuevo modelo sólo dará trabajo a un tercio de los 536 empleados, puesto que está previsto que haya una demanda de fabricación de 900 televisores diarios, lejos de los 3.000 de hace tres años.

La planta de Sharp en Sant Cugat del Vallés es una de las pocas plantas dedicadas a la electrónica de consumo en España, junto a la de Sony en Viladecavalls (Barcelona). Sony en Barcelona también ha ajustado la producción y la plantilla a la caída actual de la demanda de productos electrónicos. El pasado febrero, Sharp despidió a 1.500 empleados de Japón, después de registrar sus primeras pérdidas desde 1953, y cerró dos fábricas de pantallas LCD en Japón y algunas líneas de producción, además de recortar salarios de ejecutivos hasta un 5%.

Desde hace más de 20 años, Sharp produce televisores de color en Barcelona, España. En 1986 la planta de producción se completó y empezó a producir televisores del tubo. En 1995 la producción acumulada llegó a tres millones de unidades y en 2001 ocho millones de unidades. Con el primer TV LCD de Sharp que se puso en marcha en 1999, Europa se convirtió en uno de los principales mercados de esta nueva tecnología de televisión. A consecuencia de esto, en 2002 Sharp decidió iniciar la primera producción de LCD TV en Barcelona. Dos años más tarde, la última televisión de tubo dejó la línea de montaje en Barcelona y los televisores LCD ocuparon el papel de futura tecnología de televisión. Hasta ahora más de 1,5 millones de TV LCD se han producido en la fábrica española de Sharp para el mercado Europeo.
Fuente: Cotizalia

LA DESLOCALIZACION

No corren buenos tiempos para el sector de la electrónica en España. Al menos para los fabricantes que todavía tienen plantas en el país y no han optado por limitar su presencia a una estructura comercial. La caída del consumo, pese a la oferta diaria de los comercios, la ausencia de renovación de los equipos electrónicos por parte de particulares y empresas que prefieren ahorrar ese gasto y los elevados costes laborales de los trabajadores del sector industrial provocan que multinacionales como la japonesa Sharp se planteen trasladar gran parte de la fabricación de televisores hacia lugares con costes más baratos.

La Unión Europea está formada por 27 países, sin embargo el progreso económico y los elevados costes laborales en España provocan que las multinacionales trasladen producción a países comunitarios del Este europeo”. Así se pronuncia un ex directivo de la multinacional coreana Daewoo, en venta, para explicar que el futuro para los fabricantes electrónicos en España pasa por la deslocalización.

Es lo que el sindicato USO considera que ocurrirá con la mayor parte de la producción de televisores que todavía mantiene la multinacional japonesa en su fábrica de Sant Cugat del Vallés, a veinte kilómetros de Barcelona. Esta central considera que “la planta tiene capacidad para producir televisores LCD de última generación, el problema es que Sharp no ha presentado un plan industrial serio para mantener todos los puestos de trabajo ni una carga productiva porque el destino de esa producción será la fábrica que tiene Sharp en Polonia”.

Según comenta un joven de 24 años que trabaja en la fábrica y que ayer se manifestó junto a 200 compañeros en Barcelona en contra del plan de reducción temporal de plantilla con el que ha amenazado la compañía a los trabajadores, la fábrica de Sant Cugat “puede trabajar y asumir más producción, pero estamos desorientados porque ningún directivo nos comenta si vamos a seguir dentro de un año”.

Precisamente Sant Cugat ha visto cómo en la última década otro gigante de la electrónica, Hewlett Packard, abandonaba su planta de producción de impresoras para “reinventarse” transformar su planta en el mayor centro de diseño y creación de productos y tintas para impresoras de gran formato destinadas al sector de la publicidad y la cartelería industrial. Por el momento, Sharp lo único que ha hecho es plantear un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) temporal.

El ERE del fabricante japonés estará en vigor seis meses, con suspensión de un máximo de 165 días, que afectará a 490 de los 536 trabajadores. Miembros del comité de empresa advierten que la baja actividad de la planta “se arrastra desde hace meses”, cosa que han atribuido al traslado de la producción a la nueva fábrica que la compañía tiene en Polonia. Según USO la empresa había asegurado que la fábrica de Polonia sólo se encargaría de la producción de paneles para las pantallas, aunque ellos tienen constancia de que desde finales de septiembre pasado Sharp está produciendo “televisores enteros” y también los nuevos modelos de iluminación por LED.

Sharp anunció el pasado 21 de julio que la planta de Sant Cugat del Vallès empezaría a producir un nuevo modelo de televisores a partir de octubre, lo que mostraba su “compromiso de continuidad” en España. Este nuevo modelo sólo dará trabajo a un tercio de los 536 empleados, puesto que está previsto que haya una demanda de fabricación de 900 televisores diarios, lejos de los 3.000 de hace tres años.

La planta de Sharp en Sant Cugat del Vallés es una de las pocas plantas dedicadas a la electrónica de consumo en España, junto a la de Sony en Viladecavalls (Barcelona). Sony en Barcelona también ha ajustado la producción y la plantilla a la caída actual de la demanda de productos electrónicos. El pasado febrero, Sharp despidió a 1.500 empleados de Japón, después de registrar sus primeras pérdidas desde 1953, y cerró dos fábricas de pantallas LCD en Japón y algunas líneas de producción, además de recortar salarios de ejecutivos hasta un 5%.

Desde hace más de 20 años, Sharp produce televisores de color en Barcelona, España. En 1986 la planta de producción se completó y empezó a producir televisores del tubo. En 1995 la producción acumulada llegó a tres millones de unidades y en 2001 ocho millones de unidades. Con el primer TV LCD de Sharp que se puso en marcha en 1999, Europa se convirtió en uno de los principales mercados de esta nueva tecnología de televisión. A consecuencia de esto, en 2002 Sharp decidió iniciar la primera producción de LCD TV en Barcelona. Dos años más tarde, la última televisión de tubo dejó la línea de montaje en Barcelona y los televisores LCD ocuparon el papel de futura tecnología de televisión. Hasta ahora más de 1,5 millones de TV LCD se han producido en la fábrica española de Sharp para el mercado Europeo.
Fuente: Cotizalia

2/10/09

PIB ESPAÑOL POR SECTORES

Datos 2009

Primario.......4%
Secundario.25%
Terciario....71%

PIB ESPAÑOL POR SECTORES

Datos 2009

Primario.......4%
Secundario.25%
Terciario....71%

6/4/09

EL BCE

El BANCO CENTRAL EUROPEO es el banco central de todos los paises de la EUROZONA, con el euro como moneda. Los países fundadores de la eurozona lo constituyeron los paises...Bélgica, Alemania, Francia, Irlanda, Italia, España, Luxemburgo, Países Bajos, Austria, Portugal y Finlandia.
Hoy la EUROZONA está formada por 17 miembros: Alemania, Austria, Bélgica, Chipre, Eslovaquia, Eslovenia, Estonía, España, Finlandia, Francia, Grecia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Malta, Países Bajos y Portugal.
Mónaco, San Marino y el Vaticano también utilizan el euro a pesar de que no son miembros de la UE
Los otros 11 estados de la UE que NO utilizan el euro son Bulgaria, Dinamarca, Reino Unido, Suecia, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Polonia, República Checa y Rumania
Jean-Claude Trichet es Presidente del BCE desde el 1 de noviembre de 2003.
La sede actual del BCE es la "Eurotower", un edificio que se levanta en Fráncfort del Meno (Alemania).
Su principal función es definir y ejecutar la política monetaría de la Eurozona, a través de la fijación de los tipos de interés, con el objetivo de mantener la estabilidad de precios en la Eurozona.

EL BCE

El BANCO CENTRAL EUROPEO es el banco central de todos los paises de la EUROZONA, con el euro como moneda. Los países fundadores de la eurozona lo constituyeron los paises...Bélgica, Alemania, Francia, Irlanda, Italia, España, Luxemburgo, Países Bajos, Austria, Portugal y Finlandia.
Hoy la EUROZONA está formada por 17 miembros: Alemania, Austria, Bélgica, Chipre, Eslovaquia, Eslovenia, Estonía, España, Finlandia, Francia, Grecia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Malta, Países Bajos y Portugal.
Mónaco, San Marino y el Vaticano también utilizan el euro a pesar de que no son miembros de la UE
Los otros 11 estados de la UE que NO utilizan el euro son Bulgaria, Dinamarca, Reino Unido, Suecia, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Polonia, República Checa y Rumania
Jean-Claude Trichet es Presidente del BCE desde el 1 de noviembre de 2003.
La sede actual del BCE es la "Eurotower", un edificio que se levanta en Fráncfort del Meno (Alemania).
Su principal función es definir y ejecutar la política monetaría de la Eurozona, a través de la fijación de los tipos de interés, con el objetivo de mantener la estabilidad de precios en la Eurozona.

EURIBOR

¿Por qué nos interesa el Euribor?
En España la mayoría de los bancos y cajas, nos conceden los prestamos para la compra de una vivienda o bien inmueble (es decir una HIPOTECA) a un tipo de INTERES VARIABLE y este normalmente va vinculado al EURIBOR (aunque se puede pactar otra referencia) más un DIFERENCIAL (que es un porcentaje que los bancos y cajas añaden al euribor).
En condiciones normales el diferencial estaría entre un 0,45% a un 0,80%, pero dada la situación del mercado, la bajada del euribor y el poco margen de beneficio de los bancos y cajas en estos casos, se estan aplicando diferenciales abusivos del 1,5 % al 2 %.
No solo eso, deberas tener suerte y estabilidad laboral para que te concedan el prestamo, que actualmente conceden muy pocos y en ningún caso en más del 80 % del precio de venta o tasación (que últimamente está por debajo del precio de mercado). Vamos, toda una hazaña obtener un buen prestamo.
EL INTERES FIJO, no depende de ninguna referencia ya que no varía durante la vida del prestamo, pero hay que tener en cuenta que en el momento de constituir la hipoteca, el tipo fijo aplicado será bastante superior al que pagaríamos con un tipo variable, pero en el futuro puede no ser así y puede que pagemos menos con el tipo fijo, todo ello dependerá de la coyuntura económica y de la fijación de tipos del Banco Central correspondiente.