30/8/13

Contrato de Teabajo



Concepto: Un contrato de trabajo es un acuerdo entre empresario y trabajador por el que éste se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo su dirección, a cambio de una retribución.

Partes: -contratante y contratado


Cuando entre en vigor la simplificación administrativa habrá 5 contratos:

- indefinido (sin fecha de extinción de la relación laboral)
- temporal (con fecha de extinción de la relacion laboral)
- de relevo
La duración del contrato de relevo que se celebre como consecuencia de una jubilación parcial tendrá que ser indefinida o como mínimo, igual al tiempo que falte al trabajador sustituido para alcanzar la edad establecida en el apartado 1 del artículo 166 de la Ley General de la Seguridad Social o, transitoriamente, las edades previstas en la disposición transitoria vigésima.

- de prácticas
Los contratos en prácticas tienen como finalidad la obtención de la práctica profesional adecuada a una titulación universitaria específica, formación profesional de grado medio o superior o títulos reconocidos. Los candidatos a ser empleados bajo un contrato de prácticas tienen que reunir dos requisitos específicos: —Tener una titulación específica de: licenciado universitario, ingeniero o arquitecto o título de grado equivalente. Ser diplomado, ingeniero o arquitecto técnico. Ser técnico o técnico superior de formación profesional reglado, de la formación profesional específica o tener alguna titulación reconocida como equivalente a las anteriores. —Para los mayores de 30 años no debe haber transcurrido más de cinco años desde la terminación de los correspondientes estudios o desde la convalidación del título en España. Para los menores de 30 años esta limitación es inexistente a partir de la entrada en vigor del nuevo Plan de Empleo Juvenil. Estos contratos de prácticas no pueden ser inferiores a seis meses ni superiores a dos años, dentro de estos límites, los convenios reguladores de cada sector profesional pueden determinar unas características concretas.

- de formación y aprendizaje
Para mayores de 16 años y menores de 25 (podrán celebrarse con menores de 30 años hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15%), que carezcan de la cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo requerida para concertar un contrato en prácticas para el puesto de trabajo u ocupación objeto del contrato. La duración mínima del contrato será de un año y la máxima de tres años, si bien mediante convenio colectivo podrá establecerse distintas duraciones del contrato, sin que la duración mínima pueda ser inferior a seis meses ni la máxima de tres años. ventajas de este contrato

TEMPORALIDAD:  Los contratos podran ser a tiempo completo o a tiempo parcial (Este contrato tiene por objeto la prestación de servicios con una duración de la jornada inferior a la de un trabajador contratado a tiempo completo. En él, el trabajador se obliga a prestar sus servicios durante un determinado número de horas al día, a la semana, al mes o al año, inferior al 77% de la jornada (cotizan por las horas trabajadas).

La retribución al trabajador mediante la entrega de bienes, derechos a prestación de servicios siempre que sean convertibles o evaluables en metálico, en ningún caso podrá superar al 30% del total del salario, ni dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero del salario mínimo interprofesional.
PERO, la cuantía íntegra del salario mínimo interprofesional (950€/mes) siempre debe ser entregada en dinero, no en especie.